El nuevo RD 1105/2014 y su efecto en las oposiciones

El nuevo RD 1105/2014 y su efecto en las oposiciones

El año para los opositores de secundaria comenzó el día 3 de enero con la aprobación del nuevo currículo. El RD 1105/2014 (este es un enlace a su contenido) está llamado a ser uno de los aspectos más controvertidos de las oposiciones de 2015. Algunos temían su aparición por su efecto en las programaciones a presentar durante este año. Es ahora, con el decreto ya aprobado, cuando lo analizamos con mayor detenimiento. Dedicaremos una pequeña serie a comentar las novedades que el real decreto aprobado introduce en este año crucial.

Comenzaremos intentando explicar qué es lo que cambia en relación con el currículo anterior para en entradas posteriores ver cómo estos cambios afectan a nuestra programación. Esquemáticamente, los cambios son los siguientes:

  1. Definiciones: En el artículo 2 el legislador da las definiciones de los elementos que aparecen en el currículo (objetivos, contenidos, etc.). En este sentido, yo creo que lo ideal es utilizar esas definiciones oficiales al comenzar nuestros apartados de la programación. Es decir, al hablar de los objetivos, comenzar diciendo: “los objetivos son definidos en el currículo oficial como… “ (y aquí incluir la definición oficial).
  2. Competencias: Las competencias cambian. Pero casi son las mismas que ya había con leves variaciones pues ahora se articulan exactamente como plantea la RECOMENDACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (2006/962/CE) (ver enlace) y pasan a ser siete. Habrá pues que modificar las nuestras en esas líneas. Pero ojo, las comunidades pueden añadir alguna por lo que deberemos estar atentos a los cambios que cada comunidad establezca en este apartado.
  3. Objetivos: No aparecen objetivos de área en el decreto, tan solo los de etapa. ¿Eso quiere decir que no va a haber objetivos del área de Lengua u otras asignaturas? Pues no se sabe, amigos. Puede darse el caso de que algunas comunidades (como ha hecho Andalucía en primaria) sí los introduzcan y otras (como ha hecho Madrid) no. Si nuestra comunidad los introduce, pues el trabajo está hecho ya por la comunidad. Copiamos y pegamos y luego concretamos con los objetivos de nuestra programación. En este caso, como los contenidos son básicamente los mismos, no habrá mucho trabajo que hacer. Pero si nuestra comunidad no los hace, deberemos esperar a la convocatoria de las oposiciones para ver qué indica en el apartado correspondiente donde se aclare qué elementos deben incluir las  programaciones. Si las bases dicen que debemos incluir objetivos, incluiremos los que ya teníamos hechos. Y si no dicen nada, pues no pondremos objetivos.
  4. Contenidos y ciclos: Los contenidos son formulados de la misma forma que en el decreto anterior (en largos sintagmas iniciados por sustantivos deverbales como “comprensión” “lectura”, etc.). Estos contenidos son básicamente los mismos que hay ahora y se repiten en los diferentes cursos por lo que se tratará de seleccionarlos e incluirlos según el curso que abordemos. No creo que haya que modificar esencialmente las secuenciaciones ya realizadas; pero ojo, sí hay algunas novedades: En literatura, se modifica el hecho de que ahora en Primer ciclo solo se llegará al siglo de Oro dejándose el XVIII para 4º de ESO. Y por otro lado, los contenidos no se dividen como hasta ahora en cursos sino por ciclos. Y ahora hay dos ciclos: uno va de 1º a 3º de Eso y otro es solamente 4º de ESO. Por tanto, los contenidos de 1º, 2º y 3º no están definidos (sí los de 4º). Habrá que esperar también a que las autonomías hagan (como ha hecho Andalucía en primaria) una división por cursos de los contenidos, criterios y estándares de evaluación. Si no es así, deberemos seleccionarlos nosotros mismos de entre los del primer ciclo de ESO aquellos que consideramos adecuados para nuestro curso e incluirlos en nuestra programación.
  5. Criterios de evaluación. También se dividen ahora en los dos ciclos anteriormente indicados por lo que si nuestro curso es 4º de ESO, todo es sencillo. Pero si es 1º, 2º o 3º deberemos establecer nosotros la selección si no lo hace nuestra comunidad. Por otro lado, los nuevos criterios ahora se formulan como infinitivos y con verbos poco observables con lo que en realidad parecen más objetivos que criterios. Por otro lado, hay muchos criterios para cada ciclo (casi cuarenta) y además se concretan en los llamados estándares de evaluación de los que ahora hablaremos. Se tratará por tanto (como ya hemos dicho) de seleccionar entre esos criterios para incluirlos en nuestra programación.
  6. Estándares de aprendizaje evaluables: Es la gran novedad. El decreto los define como “especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el estudiante debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables.” De cada criterio de evaluación surgen uno o más (a veces hasta seis o siete) estándares que están redactados en presente de indicativo y son muy parecidos a los criterios de evaluación antiguos. En mi opinión son nítidos y claros y creo que van a favorecer mucho el diseño curricular. Pero son excesivos pues en un curso alcanzan casi al centenar y evaluar sobre un centenar de ítems a un alumno me parece una barbaridad. En todo caso, se deben incluir en la programación y en mi opinión (atención) también en las unidades didácticas. Por lo que para nuestra programación deberemos seleccionar los que consideremos oportunos  a nuestro curso (para cuarto o Bachillerato está todo absolutamente definido) e incluirlos en la misma.
  7. Elementos transversales: Ahora se llaman así. Hay que prestar atención obligatoriamente a algunos que si no teníamos incluidos en la programación deben a partir de ahora aparecer. El artículo 6 dice textualmente “La programación docente debe comprender en todo caso la prevención de la violencia de género, de la violencia contra las personas con discapacidad, de la violencia terrorista y de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío como hecho histórico.” Por tanto el tema de la violencia en casi todas sus formas, debe aparecer sí o sí en los elementos transversales de nuestra programación. Hacer esto parece relativamente fácil.
  8. Atención a la diversidad. La novedad está en que se reconoce el TDAH como elemento ante el que debemos programar.

Y por hoy basta. La próxima entrega seguiremos aclarando cómo actuar sobre nuestra programación para llegar a un resultado óptimo. Para empezar, recomendamos vivamente la lectura de esta normativa desde los enlaces que facilitamos. Y hay otras dos ideas muy importantes que queremos lanzar:

La primera: no debemos agobiarnos ni perder la calma. Quedan seis meses y tenemos tiempo más que suficiente para hacer las necesarias modificaciones.

La segunda: este problema lo va a tener todo el mundo, así que es una oportunidad para destacar entre los demás. Los acontecimientos que nos suceden en la vida pueden verse como oportunidades o como castigos, desde la posición de luchadores activos o desde la posición de víctimas.

Si tenéis cualquier duda, ya sabéis cuál es nuestro correo: elp@opolengua.com

Saludos y ánimo.