Análisis de la convocatoria de Asturias. 32 motivos para soñar.

Análisis de la convocatoria de Asturias. 32 motivos para soñar.

Sin prisa pero sin pausa van cayendo las convocatorias de las diferentes comunidades autónomas. El lunes salió la de Asturias y hoy la de Madrid, así que quienes piensen presentarse en alguna o en ambas comunidades, debe presentar la instancia cuanto antes. En esta entrada analizaremos la convocatoria asturiana. Citaremos los elementos más destacados de la orden con nuestro comentario debajo.

1- No serán los tribunales quienes den las plazas directamente sino que será una comisión de selección quien  se eencargará de «agregar las puntuaciones de la fase de concurso a las adjudicadas en la fase de oposición, la ordenación del personal aspirante y la elaboración de las listas de quienes hayan superado ambas fases.» Esto no nos gusta pues si caemos en un tribunal  que ponga notas bajas, aunque seamos el número uno de ese tribunal, nos podemos quedar sin plaza. Esto me ocurrió a mí en Extremadura en 1994.

2- La prueba práctica o A del ejercicio escrito rezá así: Esta prueba podrá incluir ejercicios de análisis y comentario de textos, documentos o representaciones artísticas, ejercicios de traducción, resolución de cuestiones, problemas y casos, demostración de habilidades técnicas o instrumentales y formulación de estrategias y proyectos. En todo caso, supondrán la aplicación práctica de conceptos relacionados con el temario de la especialidad y/o los currículos vigentes. La duración máxima de esta parte A será de dos horas. 

Esta formulación no nos gusta nada porque es muy amplia y dispersa el estudio del opositor que, directamente, no sabe qué hacer. Además al poder incliur resolucion de casos y formulación de estrategias y proyectos, incluye obviamente el conocimiento de la legislación con lo que es obvio que hay que dominar el nuevo currículo por si las moscas, aunque el sentido común y la  tradición nos indiquen que lo más probable es que la prueba esté dominada por el ejercicio de comentario. En todo caso, los opositores preparados por opolengua.com cuentan con las herramientas científicas y pedagógicas para enfrentarse con éxito a la prueba.

3- Las programaciones que se refieran a cursos de la etapa educativa de la educación secundaria obligatoria, deberán cumplir con las prescripciones establecidas en el Decreto 43/2015, de 10 de junio por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en el Principado de Asturias.

Igual ocurre para las de bachillerato. Esto nos parece correcto y claro. El currículo LOMCE en vigor será quien rija las programaciones.

4- Esta programación tendrá una extensión máxima de 30 hojas, excluidas portada y contraportada, DIN-A4 escritas a una sola cara y con letra tipo arial 11 sin comprimir, incluidos anexos y los materiales de apoyo y deberá contar con un índice numerado, que se entenderá incluido en el contenido de la programación, y organizarse en un mínimo de 15 unidades didácticas numeradas de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición.

Muy poco espacio son 30 hojas, pero tiene sus ventajas: no hay que devanarse los sesos dando explicaciones sino dar datos concretos y dejar las explicaciones para la exposición oral. Por otro lado, que se aclare que basta con el índice de unidades es muy positivo pues no deja resquicio a la duda.
5- Para la exposición «el personal aspirante podrá utilizar la copia idéntica de la programación docente por él entregada en el momento señalado en la base 6.»

Perfecto.

6- La persona aspirante, previamente a la defensa oral de la programación docente, realizará la preparación de la unidad didáctica para lo que dispondrá de una hora, como máximo, pudiendo utilizar el material auxiliar que considere oportuno incluido cualquier dispositivo electrónico con o sin conexión a Internet. 

Esto sí que nos parece fenomenal. Por fin la tecnología aparece en las oposiciones. Las administraciones andaluza y cántabra deberían tomar buena nota de esto.

7- En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse como mínimo los contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, los procedimientos e instrumentos de evaluación y las medidas de refuerzo y de atención a la diversidad del alumnado.

También es muy coherente que no se aluda a los objetivos, ya que en buena lógica y siguiendo la terminología LOMCE en forma estricta, no debe tenerlos pues los objetivos son competencia del Gobierno. Muy bien también aquí la administración asturiana. También recordamos a los opositores que todas las personas preparadas por opolengua.com cumplen con este requisito gracias a nuestro curso de programación por competencias. Avisamos también nuevamente a quienes compran programaciones ya hechas de que se advierte que la programación ha de ser personal. Y quien nos vende una programación puede haberlo hecho con muchas otras personas que a su vez la hayan comprado a medias o la hayan revendido. Es un grave error por tanto hacer esto.

8- Para la exposición de la unidad didáctica se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno incluido cualquier dispositivo electrónico con o sin conexión a Internet, así como un guión o equivalente que deberá ser entregado al tribunal al término de aquella.

Ya lo hemos comentado antes. Fantástico.

9-  Valoración de la primera prueba de la fase de oposición del ingreso libre.
Los tribunales valorarán esta prueba del procedimiento selectivo de cero a diez puntos teniendo en cuenta lo siguiente.
La parte A (prueba práctica) se calificará de 0 a 5 puntos.
La parte B (desarrollo del tema) se calificará de 0 a 5 puntos.
La calificación de la primera prueba será la suma de las calificaciones de la parte A y la parte B, que solo será calculada cuando la puntuación obtenida en cada una de dichas partes sea igual o superior a 1,25 puntos.
Para la superación de esta prueba deberá alcanzarse una calificación igual o superior a cinco puntos.
Para pasar a la segunda prueba será requisito imprescindible haber superado la primera.
Finalizada la primera prueba, cada tribunal publicará las calificaciones de la misma en su sede y el órgano convocante podrá publicarlas a efectos meramente informativos, en el portal educativo: www.educastur.es

8.2. Valoración de la segunda prueba de la fase de oposición.
Esta prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar la persona aspirante, para su superación, una calificación igual o superior a cinco puntos.

Y mucha atención a esto:

10- El tribunal valorará en esta prueba el orden, la claridad y la coherencia en la exposición, así como la precisión terminológica, la riqueza léxica, la debida corrección ortográfica en la escritura y la adecuación terminológica a la normativa vigente.

Es decir, que hay que estar al corriente de toda la normativa en vigor como garantiza nuestro curso de programación por competencias.

11- Finalmente se señala que tanto el baremo de méritos como la ponderación de las fases (66% la fase de oposición y 33 la de concurso) es igual que en las otras convocatorias dando por tanto enorme ventaja a los interinos.

Pero como decimos siempre, esto no quiera decir que los opositores sin puntos no tengan nada que decir y hacer. Antes al contrario, el sistema es el que es y no podemos cambiarlo más que en las elecciones, así que hay que centrarse en los elementos positivos y pelear por nuestros objetivos: en unos casos, pelear por la plaza; en otros, por entrar en las listas y comenzar a trabajar. Meter un pie y luego el otro como nos ha pasado a tantos.

Y para todos, como siempre, saludos y ánimo.DSC_0840