Como en años anteriores, en Opolengua nos disponemos a analizar las convocatorias de oposiciones que en cada comunidad autónoma vayan surgiendo. En este caso le toca el turno a Cataluña que, de forma sorpresiva, convoca oposiciones para el mes de abril de 2018, siendo la primera comunidad que lo hace. Así, tal y como indica la convocatoria publicada por el diario oficial de la comunidad a 21 de noviembre de 2017, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 20 de diciembre de 2017 ambos incluidos.
Convocatoria anticipada por razones políticas
Esta premura tiene evidentes razones políticas. Creemos que el Gobierno del PP, tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución ha querido asegurarse dos cosas: la primera, que habría oposiciones con toda seguridad; y la segunda, que la convocatoria (tras años de sequía) le correspondía (les gustase o no a los separatistas) a un Gobierno del PP. Hay que tener en cuenta que en este sentido, la decisión no era fácil. Por un lado, de no hacber convocado ahora, los opositores iban a pasar unos meses más de incertidumbre. Pensemos que si de las elecciones del 21 de diciembre no sale un resultado claro (lo que parece probable), Cataluña podría estar sin gobierno hasta marzo por lo que era posible que las oposiciones hubieran quedado por convocar. De esta forma, se asegura que la convocatoria se realizará. Pero por otro lado, esta convocatoria prematura tiene también sus víctimas. Y son aquellas personas que estaban a punto de finalizar sus carreras o sus másteres para poderse presentar y que, desgraciadamente, no podrán hacerlo. Lo que es evidente es que una vez más, la política determina directamente el futuro de las personas.
Discriminación lingüística para los opositores
Igual ocurre con la base 6.3.1 que establece que según el Decreto 244/1991, los aspirantes tienen que acreditar el conocimiento, tanto en la expresión oral como en la escrita, del catalán mediante una prueba de carácter eliminatorio. Esta prueba es el famoso filtro que nos impide al resto de los españoles ejercer la docencia en una región española. Es el peaje que los sucesivos gobiernos del PP y del PSOE han pagado, a costa de los opositores del resto de España, para poder seguir gobernando la nación. Una medida obviamente discriminatoria y absolutamente desacertada y perjudicial para los alumnos catalanes que ven reducidas las posibilidades de tener buenos profesores a los que hablen catalán. Creemos que una medida así también la podría aplicar el Barça ya que es más que un club. Ellos mismos sabrán por qué en lo que es una entidad privada no lo hacen y en lo que es de todos los españoles sí. Como hemos dicho siempre, es la aplicación de los estatutos de limpieza de sangre que se aplicaban contra los judíos, utilizados ahora contra la mayoría de los catalanes y la totalidad de los españoles, que somos los que hablamos español.
La estructura de las pruebas de las oposiciones
Por lo que se refiere a la estructura de las pruebas, no hay nada novedoso en relación con las convocatorias de años atrás. Tan solo señalar que, en la primera prueba, al no haberse aprobado el cambio anunciado en el RD 276/2007 se seguirán sacando cuatro bolas y no cinco y que en el caso de Cataluña la ponderación será del 70% para la prueba práctica y 30% para el tema (en este caso se imita el modelo de Madrid). En ambos casos será suficiente con alcanzar el 2,5 en cualquiera de las dos pruebas para hacer media.
Por lo que se refiere a la prueba práctica, las bases establecen lo siguiente:
- Un comentario lingüístico de un texto en el que se tendrán que analizar tanto la adecuación textual y discursiva (adecuación, coherencia y cohesión), como los elementos más relevantes de morfosintaxis y de léxico.
- Un comentario literario de un texto, en el que se tendrán que analizar tanto aspectos de contenido temático y estilístico, como los elementos contextuales discursivos.
- Un análisis de una situación específica, teniendo en cuenta las competencias básicas del ámbito y las transversales (digital y personal y social), en el que se tendrá que dar respuesta a elementos relacionados con la materia en un contexto concreto, como la necesidad de escribir una carta a una entidad, presentar una reclamación, preparar un debate, organizar un concurso literario para el centro, evaluar el proceso de aprendizaje de un alumno a través de varios instrumentos de evaluación.
Duración: Tiempo máximo de 4 horas.
Los dos primeros ejercicios son los clásicos que aparecen en las convocatorias de todas las comunidades y ante ellos, no tenemos nada que objetar. Sin embargo, el tercer ejercicio nos parece discriminatorio, pues creemos que favorece a los interinos ya que se da una situación concreta ante la que un opositor sin experiencia docente tendrá menos posibilidades que uno con experiencia previa. En este sentido, creemos que, tratándose de un concurso-oposición y habiéndose ya dado cinco puntos por la antigüedad, el ejercicio práctico debe ser empleado para discernir sobre la capacidad científica de los aspirantes.
Y con esto ya llegamos al final del análisis, que es el de la encerrona. En ella habrá que defender una programación en veinte minutos, una unidad didáctica en otros veinte y en cinco debatir con el tribunal. Nos parece poco tiempo y nos gustaría que se alargase como en otras comunidades hasta alcanzar la hora más un cuarto de hora de debate. La experiencia demuestra que en veinte minutos las posibilidades de explicar bien nuestros contenidos son menores y por tanto los nervios pueden ser mayores. No es serio que esta prueba valga lo mismo que la otra que se desarrolla en seis horas. Es más, en nuestra opinión esta prueba debería ser suprimida, pues para alcanzar este conocimiento pedagógico ya está la fase de prácticas. Este, en el fondo, es otro recurso para favorecer a los interinos.
Sí nos gusta el hecho de que la programación se pueda dividir en seis unidades. Nunca hemos entendido por qué en otras convocatorias se habla de quince unidades, ni siquiera de doce, cuando la práctica docente actual es hacer seis procesos evaluatorios por curso, dos por evaluación. Un acierto, por tanto, de esta convocatoria que reza así:
La programación incluye el desarrollo de un esquema de cada una de las unidades didácticas, que también se pueden presentar como proyecto, correspondientes a un curso escolar, que como mínimo tienen que ser 6.
Observemos que ya se habla directamente en las bases de proyectos y de enfoque competencial, tal y como estamos haciendo en nuestros cursos de didáctica.
Afortunadamente las bases también indican que en la exposición, el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, así como un guion que no puede exceder de un folio y que se tiene que entregar al tribunal en el momento de finalizar la exposición.
El material auxiliar que utilice al aspirante lo tiene que aportar él mismo el día que haga la exposición de la unidad didáctica.
Las plazas las otorgará la maldita comisión de selección
Finalmente, a base 7.4.1 no nos gusta nada, pues indica que no serán los tribunales quienes den directamente las plazas, sino que simplemente darán las puntuaciones a una comisión de selección que será quien les agregue las puntuaciones de méritos. Esto es gravísimo y en nuestra opinión vulnera el principio de igualdad pues de siempre sabemos que hay tribunales que puntúan más altos que otros. Yo sufrí varios años este sistema en el viejo territorio MEC y así en dos ocasiones fui el número uno de mi tribunal y no obtuve plaza pues mi tribunal desgraciadamente puntuaba más bajo que otros.
El triunfo será de los que se esfuercen
Y este es, a grandes trazos, el análisis de esta convocatoria. Como decimos siempre, cada convocatoria es una oportunidad de alcanzar la plaza o de meter un pie en el sistema que, aunque imperfecto e injusto, es el que ahora mismo marca la legislación vigente. Y no hay que desaprovecharla. En mayo del año que viene habrá en Cataluña miles de personas más felices. Unas tendrán la plaza y otras entrarán a trabajar en septiembre de 2018. Ojalá tú seas una de ellas.
Saludos y ánimo.