¡Ponte a prueba! 17/2022

¡Ponte a prueba! 17/2022

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Un nuevo viernes volvemos con nuestro reto de fin de semana, el ¡Ponte a prueba! con el que todas las semanas desde 2016 intentamos ayudar y agradar a las valientes personas que preparan la prueba de comentario de texto las oposiciones de Lengua Castellana y Literatura y a todos los amantes de la literatura española y su historia.

Hoy traemos un texto que suele estudiarse en la historia de la literatura y de hecho aparece citado en todos los temarios, aunque no sea una obra de ficción. Hoy, sin lugar a dudas, este género no se consideraría literatura, pero por diferentes causas, sí aparece en los libros de texto, lo estudiamos y citamos en las oposiciones y en los institutos.

Como siempre, podemos reconocer obra y autor (y en este caso hasta podemos imaginar de qué obra se trata sin haberla leído), pero basta para hacer un buen comentario con explicar razonadamente su género, época y movimiento literario.

Cómo siempre también, puedes participar en el acertijo escribiendo tu solución como comentario en la página de Facebook de Opolengua hasta el domingo por la noche. El lunes daremos la solución y la lista de acertantes.

Y nada más por hoy. Feliz fin de semana. Saludos y ánimo.

Ley VI

Quáles pueden casar.

Casar pueden todos aquellos que han entendimiento sano para consentir el casamiento, et que son tales que non han embargo que les tuelga de yacer con las mugeres, fueras aquellos á quien defiende el derecho señaladamiente que non pueden casar: et maguer los mozos et las mozas que no son de edat digan aquellas palabras por que se face matrimonio, porque non han entendimiento para consentir, por ende non vale el casamiento que entre tales es fecho. Otrosi el que fuese castrado o le menguasen aquellos miembros que son meester para engendrar, maguer que haya entendimiento para consentir, non valdríe el casamiento que feciese, porque non se podría ayuntar con su muger carnalmente para facer fijos. Otrosi el que fuese loco o loca de manera que nunca perdiese la locura, non puede consentir para facer casamiento, maguer dixese aquellas palabras por que se face elmatrimonio; pero si alguno fuese loco a las veces et después tornase en su acuerdo, si en aquella sazón que fuera en su memoria consentirse en el casamiento, valdríe.